Carlos Carrascosa no va a ser condenado por haber tirado del gatillo cuando murió su mujer. El fiscál no tiene pruebas contundentes. No logró establecer un motivo y principalmente no tiene el arma homicida.
Demostrar el encubrimiento es más facil. No se puede confundir un asesinato con un accidente, en especial cuando hay agujeros de bala en un craneo. Demasiada sangre para un golpe.
¿A quién estará cubriendo el viudo? ¿Quién será el verdadero asesino?. Son preguntas que Molina Pico no pudo responder durante todo el proceso.
Quizás por eso puede llegar a recibir una condena de seis (6) meses a tres (3) años por encubrir el crímen, delito tipificado por el artículo 277 del Código Penal. Obviamente esta pena es excarcelable por ser menor o igual a tres años. Ergo, Carrascosa quedará libre.
15.6.07
Suscribirse a:
Entradas (Atom)